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POR LA EDAD LO ABSUELVEN DEL ABUSO DE SU SOBRINITA

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“Debo verificarlo todo, amigo; lo dicho y lo hecho por usted…”
Jaque mate en dos jugadas     W. I. Eisen
En el debate desarrollado en la sala II de Juicio a cargo del Juez reemplazante Edgardo Laurenci entre los días 23 y 28 de Junio iba a ser definitoria la edad del acusado en el momento de cometer el delito.

La sobrinita de un chango de 22 años del Mataderos de Pichanal había causado un maremágnum familiar en agosto del 2019 con la revelación que el tío la había accedido por la colita teniendo ella siete u ocho años. La pericia médica lo confirmaba. Tenía desgarros anales antiguos.

En el circuito cerrado aclaró que el oprobio fue cuando cursaba tercer grado y que su tío tendría catorce o quince las dos veces que la accedió.

Con esa edad el pariente era inimputable. Según la ley recién con dieciséis te pueden juzgar y castigar. Antes, se supone que no estás maduro para ser responsable de tus actos.

A la fiscalía las cuentas le daban para pedir seis años de prisión por abuso sexual con acceso carnal. En la mesa enfrentada Mauro Murúa, el abogado defensor, argumentaba que a la hora de los hechos su cliente era menor de dieciséis. Lo había dicho la propia victima.

La diferencia eran días o semanas. Ante la duda y la imposibilidad de probar de manera inequívoca si el imputado había cumplido o no la edad requerida para ser penado fue absuelto. Durante todo el proceso dijo que nunca abusó de su sobrina.

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